El Tribunal Supremo confirma la condena al Ayuntamiento de Castalla y a su capataz por acoso laboral
31 de julio de 2025
Los afectados han sido representados en sede judicial por el equipo jurídico del SEP-CV
Castalla. Jueves, 31 de julio de 2025.
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Castalla, confirmando así la sentencia condenatoria por acoso laboral dictada previamente por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) y por el Juzgado de lo Social nº 2 de Alicante. La resolución declara firme la condena al Ayuntamiento y al capataz municipal B.M.M. por vulneración de derechos fundamentales de dos trabajadores de la brigada de obras.
Los hechos se remontan a finales de 2019, cuando los empleados J.P.J. y D.J.G. comenzaron a sufrir un trato vejatorio y hostigamiento continuado por parte del capataz, su superior jerárquico. Pese a presentar sus quejas ante el Ayuntamiento, entonces gobernado por una coalición de Ciudadanos y PSOE con Antonio Bernabéu como alcalde, no se activó el protocolo de acoso laboral vigente en la administración local.
Ante la inacción institucional, los trabajadores acudieron a la Inspección de Trabajo. Lejos de resolverse la situación, el acoso se intensificó, lo que provocó la baja médica de ambos empleados. Representados por el Sindicato de Empleados Públicos de la Comunidad Valenciana (SEP-CV), interpusieron una demanda judicial que fue estimada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Alicante.
Según la sentencia, el Ayuntamiento vulneró los derechos fundamentales a la dignidad y a la salud de los trabajadores, al negarles el apoyo psicológico previsto en los protocolos y amortizar sus puestos con la finalidad de despedirlos. Tanto el consistorio como el capataz fueron condenados a indemnizar con 15.000 euros a cada uno de los trabajadores, además de imponerse las costas procesales a la administración.
La sentencia fue recurrida ante la Sala de lo Social del TSJCV, que desestimó el recurso y confirmó íntegramente la condena. Posteriormente, el Ayuntamiento presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que ahora ha sido definitivamente rechazado, imponiendo también las costas del procedimiento.
Cabe señalar que los dos empleados permanecieron más de 18 meses de baja, reconocida como accidente de trabajo por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Desde la Sección Sindical del SEP-CV en el Ayuntamiento de Castalla lamentan profundamente la actitud del anterior equipo de gobierno, que no solo desoyó las denuncias de acoso, sino que intentó estigmatizar a las víctimas con afirmaciones infundadas sobre su estado de salud. Asimismo, destacan que el actual equipo de gobierno ha regularizado las plazas que ambos trabajadores ocupan en la actualidad.
A la espera de la ejecución de la sentencia, se exige el pago íntegro de las indemnizaciones, recordando que el Ayuntamiento ya depositó en 2021 los 30.000 euros correspondientes en sede judicial. El SEP-CV subraya que tanto el Ayuntamiento como el capataz han sido condenados por acoso laboral.